Cuando hablamos de cine, debemos tener en cuenta que dentro de las ayudas que establece el ICAA para la industria existen diferentes tipos. Vamos a ver qué tipos fundamentales encontramos, así como sus diferencias y requisitos principales.
AYUDAS A LA AMORTIZACIÓN
Quizá te surja la duda de las famosas ayudas a la amortización y de qué se trata realmente, hoy hablaremos un poquito sobre ellas.
Las ayudas a la amortización toman en cuenta, fundamentalmente, el número de espectadores, es decir, la taquilla, por lo que a pesar de que años atrás estas ayudas suponían el grueso de cara a poder financiar los proyectos cinematográficos, el volumen o cuantía de la ayuda, al basarse en la taquilla, se concentraba en pocos títulos. Son ayudas, por tanto, a posteriori. En el cómputo de espectadores se sumaban no solo los provenientes de la distribución tradicional, lo que en lenguaje internacional se conoce como Theatrical, sino también los visionados que se realizaban a través de las distintas plataformas de VoD, si bien, estos espectadores computaban la mitad de lo que lo hacía el espectador de sala de cine.
Este año es el último en el que están activas dichas ayudas, ya que desde el 2015 con el cambio en el modelo de financiación y la demora que existía desde el Gobierno en cuanto al pago de dichas ayudas a las productoras, entre otros motivos, llevó a tomar la decisión de mantener solamente las ayudas “a priori” esto es, a producción de largometrajes, distinguiendo entre generales y selectivas.
AYUDAS GENERALES Y SELECTIVAS, ¿Qué diferencias existe?
Podemos decir que las ayudas generales están abiertas a cualquier proyecto, mientras que las selectivas, aunque de menor cuantía, está orientadas a financiar proyectos más independientes. Vamos a entrar a ver en detalle los requisitos y diferencias de ambas tipologías de ayudas.
AYUDAS GENERALES
Las ayudas generales tienen una serie de características, pero vamos a señalar los aspectos más interesantes a tener en cuenta a la hora de solicitarlas:
- El importe máximo de la ayuda no podrá ser superior a 1.000.000 euros por proyecto beneficiario,
- En caso de coproducciones, lo que se exige es que se emplee, en su versión original, alguna de las lenguas oficiales españolas, haya sido rodado mayoritariamente en España y se haya realizado la postproducción en estudios y laboratorios que estén en España.
- Cada empresa productora o conjunto de productoras vinculadas sólo puede resultar beneficiaria en el mismo ejercicio de un máximo de dos ayudas.
- Parece de más señalarlo, pero se indica en la convocatoria, y es que no debemos olvidar que no pueden acceder a estas ayudas los proyectos para los que se haya presentado la solicitud de calificación por grupos de edad con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud en la presente convocatoria de ayudas.
- Muy importante, que se acredite en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 35% del presupuesto previsto para la producción del largometraje.
- Y de cara al estreno, hay que tener en cuenta que se exige que el estreno en sala se efectúe en el plazo máximo de 9 meses, desde la notificación de la resolución de calificación
Para que nos adjudiquen la ayuda, se debe pasar por un proceso de valoración objetivo basado en una baremación que contempla los siguientes escenarios:
- a) Carácter cultural del proyecto presentado a la convocatoria: Este epígrafe se refiere a si la película está rodada en español o en otro idioma. Como cabe pensar, prima más, hasta 3 puntos, si la película en su versión original, está rodada en español.
- b) Trayectoria del director o directora del proyecto presentado a la convocatoria y director novel: Hasta un máximo de 3 puntos, referido siempre a la participación en determinados festivales que indica la propia convocatoria.
- c) Solvencia de la empresa solicitante o de la que ostenta la condición de productor- gestor del proyecto: hasta 16 puntos. Aquí la productora puede presentar un proyecto de no más de 6 años que haya sido más exitoso en taquilla.
- d) Viabilidad económica y financiera del proyecto: Hasta 41 puntos. Será necesario un contrato de distribución y ventas internacionales que aseguren la viabilidad del proyecto más allá de la propia empresa productora.
- e) Impacto socioeconómico y de la inversión e innovación: Hasta 37 puntos. Referido al impacto que supone a la hora de fomentar la igualdad de género con la participación de mujeres en el proyecto, así como la repercusión a nivel industria, gasto realizado y repercutido.
Una vez se ha completado el proceso de baremación, las ayudas se distribuyen según las siguientes puntuaciones:
1. Los que obtengan entre 100 y 75 puntos: 100 % de la ayuda solicitada.
2. Los que obtengan entre 74,99 y 65 puntos: 85 % de la ayuda solicitada.
3. Los que obtengan entre 64,99 y 50 puntos: 75 % de la ayuda solicitada.
AYUDAS SELECTIVAS
Las ayudas selectivas son incompatibles con las ayudas generales y, por su parte, se limitan a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:
- a) Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.
- b) Que sean de carácter documental.
- c) Que incorporen nuevos/as realizadores/as. Se entiende por nuevo/a realizador/a aquel/la que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
- d) Que sean de carácter experimental. Se entienden como tales las producciones que emplean recursos expresivos -tanto visuales como sonoros- novedosos, de acuerdo a las propiedades tecnológicas del medio para explorar sus límites formales y superar las convenciones del lenguaje y la narrativa audiovisual de cada momento histórico.
En cuanto a coproducciones se refiere, el tratamiento es exactamente el mismo que encontramos en las ayudas generales cuando hablamos de lengua, localizaciones y postproducción en España. Pudiendo rebajar la puntuación obtenida si no se cumple alguno de estos requisitos.
El importe máximo de ayuda que puede concederse a cada uno de los proyectos es de 500.000 euros, siempre que dicho importe no supere el 40% del coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
En las ayudas selectivas, cada proyecto pasa por varias fases:
1. Una primera fase de valoración, similar a la que se lleva a cabo en las ayudas generales, se valoran los siguientes aspectos hasta un máximo de 50 puntos:
- Carácter cultural - hasta 3 puntos.
- Trayectoria del director o directora del proyecto presentado a la convocatoria - hasta 5 puntos.
- Solvencia de la empresa solicitante - hasta 8 puntos
- Viabilidad económica y financiera del proyecto - hasta 10 puntos
- Impacto socioeconómico y de la inversión e innovación - hasta 24 puntos
2. En la segunda fase, se valora la calidad, valor artístico y nivel de desarrollo del proyecto, hasta un máximo de 35 puntos, según entre otros criterios la relevancia y originalidad del proyecto, el tratamiento de los personajes o la Investigación que desarrolla si se trata de proyectos de carácter documental.
3. En la tercera fase, la Comisión valorará con hasta un máximo de 15 puntos, la adecuación del presupuesto presentado al proyecto.
En caso de proyectos experimentales, las fases de baremación cambian, así como los requisitos, puntuando no solo la trayectoria del director, sino también la presencia de la mujer en el proyecto
Importante tener en cuenta que un mismo proyecto puede ser presentado hasta un máximo de tres convocatorias de esta línea de ayudas, por lo que si no hay suerte en una primera ocasión, aún quedarían dos oportunidades.
Cristina López - FilmFestFriend
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